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¿Qué establece el Real Decreto-Ley 14/2021 para reducir la temporalidad en el empleo público?

Las dudas más comunes del opositor: explicación del Real Decreto-Ley para reducir la temporalidad del empleo público

Si estás suscrito a nuestro canal de Youtubeya sabes que publicamos vídeos relacionado con las dudas que soléis tener los opositores o información sobre los procesos selectivos. En esta ocasión, nuestra Responsable de Comunicación, Lidia Caminero, añade un nuevo vídeo a la lista de reproducción ‘Las dudas más comunes del opositor’ en el que os cuenta qué significa el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público. 

Ya os explicamos lo que significaba esta publicación cuando conocimos el pasado 9 de julio su entrada en vigor pero sabemos que es vital analizar con detalle lo que establece este Real Decreto-Ley. ¡Reproduce el vídeo y muy atento!

  • El Real Decreto- Ley establece que todas las plazas ocupadas de manera ininterrumpida por personal interino en, al menos, los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020, han de ser convocadas por Estabilización de Empleo para que sea personal fijo de carrera quien ejerza las funciones de trabajo. En este sentido se verán afectadas todas las Administraciones públicas.
  • El objetivo de estas medidas es lograr reducir al 8% la tasa de temporalidad. Para ello, debemos marcar 3 fechas clave en el calendario.
    • 31 de diciembre de este año 2021. Esta es la fecha máxima para que todas las Administraciones aprueben y publiquen las ofertas de empleo correspondientes a los procesos de estabilización de los que estamos hablando en sus respectivos diarios oficiales.
    • 31 de diciembre de 2022. Es el plazo máximo establecido para que se publiquen las correspondientes convocatorias de empleo.
    • 31 de diciembre de 2024. Será la fecha límite para resolver los procesos selectivos y llegar al objetivo.
  • ¿Cómo va a ser el proceso selectivo para hacerse con esas plazas? El de concurso oposición. La fase de oposición tendrá un peso del 60% y la fase de concurso del 40% donde se valorará principalmente la experiencia ejercida en el cuerpo, escala, categoría o equivalente. Es importante señalar que a estos procesos se puede presentar cualquier persona, es más es una gran oportunidad para todos ya que tendremos más plazas convocadas además de todas las que ya están recogidas en las ofertas de empleo ya publicadas.
  • Todos los interinos deben presentarse al proceso selectivo, ya que de no ser así no tendrán derecho a compensación económica. Esta compensación equivale a 20 días de retribuciones fijas por año de servicio. Se prorrateará por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 12 mensualidades.
  • ¡Novedad al respecto! En este caso nos referimos a medidas que afectarán a los interinos que llevan más de 10 años ocupando una plaza de forma ininterrumpida que nunca haya sido convocada. En este caso, no se tendrá que pasar una fase de oposición y se valorarán únicamente los méritos.

Esperamos que el vídeo os haya sido de ayuda para entender esta publicación para regular la temporalidad en el empleo público. Cambios que han llegado para quedarse a los que todos debemos hacer frente con el esfuerzo y dedicación que tanto os caracteriza. ¡Os seguiremos informando de todas las novedades que vayamos conociendo sobre este tema!

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