¿Qué necesitas saber sobre las Bases reguladoras de las Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid?
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¿En qué casos se crearán? ¿Quién tiene prioridad sobre quién? ¿Cuánto tiempo durarán? Todas estas dudas y algunas más sobre las Bolsas de trabajo en el Ayuntamiento de Valladolid y sus organismos autónomos, te las resolvemos desde Veropo en este artículo. ¡Sigue leyendo para enterarte de todos los detalles!
Sois muchos los que preguntáis por las Bolsas de trabajo del Ayuntamiento de Valladolid y tenemos buenas noticias. ¡Han publicado las Bases reguladoras de la gestión de este proceso! Y en este artículo te contamos qué dice la publicación del Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y qué necesitas saber si estás interesado en estas Bolsas de trabajo. Pero ¡ojo! no se abre ninguna convocatoria, ningún plazo ni tampoco ninguna Bolsa paralela, se trata de las Bases reguladoras así que, ¡No te lo pierdas!
Vayamos al grano, la finalidad de estas Bases es la regulación del funcionamiento de las Bolsas de trabajo que se creen para cubrir las necesidad de contrataciones temporales o nombramientos de funcionarios en el Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos. Eso es, se trata de la publicación de la norma por la que van a regir las Bolsas de trabajo, pero esta publicación no supone la apertura de ningún plazo ni ninguna otra Bolsa pararela o 0. Pero sigue leyendo, te interesará saber cómo se van a regir las Bolsas una vez se creen.
Hay varios motivos. El primero es que se crean como consecuencia de la realización de un proceso selectivo para ocupar una plaza del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos. Y formarán estas Bolsas aquellas personas que no hayan superado este proceso selectivo pero hayan aprobado, al menos el primer ejercicio.
Si formas parte de este grupo, te interesará saber que tendrás prioridad sobre los que constituyen las Bolsas de Trabajo que se formen mediante convocatoria pública específica.
Porque sí, también se crean como consecuencia de la realización de unas pruebas específicas porque existan necesidades de personal interino o temporal que no puedan cubrirse por las Bolsas de trabajo o cuando éstas no existan.
Si quieres presentarte a la convocatoria de estas pruebas específicas, debes reunir las condiciones generales exigibles, además de los requisitos que figuren en la Relación de puestos de trabajo.
Además de los motivos que hemos comentado, estas Bolsas de trabajo también pueden crearse como consecuencia de los procesos selectivos convocados para la provisión mediante Promoción Interna. Si te presentas para ocupar una plaza por Promoción Interna, superas el proceso selectivo, pero no obtienes una plaza, podrás formar parte de esta Bolsa.
Estas Bolsas se crean para la provisión temporal de puestos de trabajo de la misma Categoría Profesional, a través de los procedimientos de movilidad funcional con cambio de grupo legalmente previstos.
Si formas parte de este grupo, tendrás prioridad sobre los aspirantes que integran las Bolsas tras haber aprobado sólo el primer ejercicio pero no han superado el proceso selectivo y sobre los que forman parte de las mismas tras llevar a cabo las pruebas específicas.
Es sencillo, hasta que se forme una nueva Bolsa de Trabajo de la Categoría y Especialidad que se trate, se podrán realizar convocatorias públicas para la provisión temporal de aquellos puestos que sea necesario cubrir de manera urgente o inaplazable.
Estas Bolsas, además, podrán utilizarse para el nombramiento de personal funcionario interino y personal laboral temporal cuando la denominación y las funciones de algún puesto reservado a personal funcionario coincida con la de alguna Categoría o Especialidad profesional de personal laboral.
Según las Bases publicadas, estas Bolsas tienen una vigencia de dos años desde su aprobación, salvo que que se forme una nueva Bolsa que la sustituya como consecuencia de la finalización del proceso selectivo.
Y podrán ser prorrogradas por un período máximo de dos años, mediante el órgano competente en materia de Función Pública.
Están publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, así como en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid. Además, el órgano competente de la Función Pública facilitará el acceso, por medios electrónicos, a la información relativa a las Bolsas de Trabajo existentes en cada Categoría profesional y Especialidad a quienes estén interesados.
El orden de prelación será el que resulte de la prueba selectiva o la prueba específica realizada, en su caso y se aplicarán para ello una serie de criterios:
Se atenderá al orden de preferencia de la Bolsa de Trabajo, de acuerdo a lo siguiente:
Si eres integrante de una Bolsa de trabajo, se te llamará para acceder a la contratación por orden de número, siempre y cuando estés en la situación de «disponible» en la fecha prevista en el inicio del contrato y reúnas el resto de requisitos.
Se llevará a cabo un total de tres llamadas telefónicas, con un intervalo de dos horas entre cada una de ellas durante dos días hábiles consecutivos y, si es posible, te enviarán un mensaje de texto comunicándote la imposibilidad de establecer contacto.
Si has facilitado tu correo electrónico, también te enviarán la oferta y se te concederá un plazo de dos días hábiles desde el envío del correo para ponerte en contacto con la Unidad organizativa que gestiona las Bolsas de trabajo.
Si tras este proceso, no consiguen localizarte, se procederá al llamamiento a la siguiente persona integrante de la Bolsa pasando tu situación a «ilocalizable». Pero te avisarán con otro mensaje de texto del cambio de tu situación, así que deberías estar atento a tu teléfono.
Para los nombramientos que se sepan con antelación, que serán los llamamientos para la cobertura de interinidades en plazas vacantes y los de larga duración, si no es posible ponerse en contacto telefónicamente con la persona integrante de la Bolsa, se le comunicará la oferta mediante correo certificado, burofax u otro medio que permita tener constancia de la recepción de la notificación.
Si es tu caso, deberás contestar a la oferta en máximo dos días hábiles desde que recibas la comunicación. Si no se recibe una respuesta, se llamará a la siguiente persona integrante de la Bolsa, quedando tú en situación de «ilocalizable».
Si se produce cualquier cambio en tus datos de contacto durante la vigencia de la Bolsa de la que formes parte, deberás comunicarlo al Departamento competente en materia de Recursos Humanos.
Tal y como indican las Bases reguladoras, se consideran «mejora de empleo» las siguientes ofertas:
Estas «mejoras de empleo» se harán a los integrantes de la correspondiente Bolsa de Trabajo, por su orden, que estén en situación de «disponible» u «ocupado», a no ser que la situación de «ocupado» se dé porque estén ocupando uno de los puestos señalados como «mejora de empleo».
Debes saber que rechazar una oferta puede tener consecuencias como la baja de la bolsa si no tienes un motivo justificado para hacerlo. Y estos motivos son los siguientes:
En cualquiera de estas situaciones debes presentar documentación que la justifique ante el Departamento de Gestión de Recursos Humanos en un plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la fecha del llamamiento. Entonces tu situación pasará a ser «No disponible», pero si no lo haces, pasarás a «Excluido».
Y recuerda que una vez el motivo justificado que te llevó a estar «No disponible» acabe, deberás notificarlo mediante escrito y acompañado de documentación que acredite la desaparición de la causa por la que estabas en esa situación para pasar a «Disponible». Esto se llevará a cabo el tercer día hábil siguiente a la fecha de registro de entrada de la solicitud con la documentación o del de entrada de la subsanación de la misma si no está acompañada de documentación.
Hay una serie de motivos que pueden llevarte a la situación de «Excluido»:
Si eres nombrado como funcionario interino y renuncias de manera voluntaria por optar a un contrato o a un nombramiento en una Entidad Pública distinta al Ayuntamiento de Valladolid, deberás notificarlo de acuerdo a las Bases y dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la comunicación de tu renuncia, sólo así pasarás a la situación de «No disponible». En caso de que no lo justifiques pasarás a «Excluido».
Pues debes saber que la convocatoria y la resolución que haga pública la relación de aspirantes que integran la Bolsa de Trabajo se va a publicar en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación y en el «Boletín Oficial de la Provincia», pero desde Veropo también te informaremos de ello.
Si quieres formar parte de la Bolsa de trabajo convocada debes presentar la solicitud de participación a través del modelo que acompañe a la convocatoria en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Valladolid, o si lo prefieres, en formato electrónico vía web, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid en la sección «Impresos y solicitudes» así como en el apartado de la propia convocatoria dentro de la sección «Empleo Público».
¿A quién debes dirigirla? Al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y debes presentarla, preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. También puedes entregar la solicitud en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para presentar la solicitud es de veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Valladolid y recuerda, que al presentar la solicitud, debes adjuntar la siguiente documentación:
Podrá ser por oposición o por concurso-oposición. Si se lleva a cabo mediante oposición, constará de los ejercicios que se determinen en la convocatoria. Y en caso de tratarse de más de un ejercicio, al menos uno de ellos será de carácter práctico.
En el caso de que el proceso selectivo consista en una única prueba, ésta no podrá consistir en una entrevista.
En los ejercicios de carácter teórico, el objetivo será examinar los conocimientos y la capacidad analítica de los participantes en relación a las materias del temario que vendrá indicado en los Anexos de la convocatoria. Y los ejercicios de carácter práctico o teórico-práctico, estarán relacionados con las funciones propias de la Categoría Profesional y Especialidad convocada.
Cuando el proceso selectivo se lleve a cabo por concurso-oposición, la fase de concurso se llevará a cabo tras la fase oposición y consistirá en el examen y valoración de méritos, como ya habrás imaginado. Estos méritos y cómo acreditarlos vendrá especificado en cada base específica. No obstante, se considerarán méritos:
Y estamos seguro de que querrás saber qué valor tiene la fase concurso del total, pues bien, según las Bases reguladoras esta fase no podrá superar el 40% de la puntuación final. Ya lo ves, vale más la fase oposición así que no todo son los méritos.
Si en algún caso, los puestos de las convocatorias públicas para la provisión temporal de los mismos necesitan cubrirse de manera urgente, podrá formarse una lista de reserva para la provisión temporal de puestos de trabajo de la misma categoría o especialidad de la que es objeto de la convocatoria correspondiente. Eso sí, estas listas perderán su vigencia cuando se constituya una Bolsa de Trabajo correspondiente a dicha categoría o especialidad.
Debes saber que estas Bolsas de Trabajo pierden la vigencia una vez ha finalizado el proceso selectivo o la prueba específica que dé lugar a la creación de una nueva Bolsa de Trabajo.
Y esto es todo lo que necesitas saber sobre las Bases reguladoras de las Bolsas de trabajo en el Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos, o eso creemos, porque si este artículo no te ha resuelto alguna duda, puedes ponerte en contacto con nosotros: